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O Sorriso de Daniel alega contra el polémico pabellón de Melón

Monasterio de Melón con el pabellón. FOTO: Santi M. Amil.
Monasterio de Melón con el pabellón. FOTO: Santi M. Amil.

 

JESÚS MANUEL GARCÍA. La Asociación do Patrimonio Medieval O Sorriso de Daniel, ha presentado este viernes 10 de julio sus alegaciones en el trámite de información pública del procedimiento de aprobación inicial del documento modificado del Plan Especial de protección, de dotación e Infraestructuras del BIC con categoría de monumento del Monasterio de Santa María de Melón (conjunto formado por la iglesia y las en otro tiempo dependencias monásticas, más su contorno y el núcleo singular de A Ponte Nova). El pasado 20 de mayo se publicaba en el DOG la aprobación inicial del mencionado plan y la apertura de información pública por dos meses.

   Ese plan contempla la demolición de la estructura del pabellón polideportivo construida en la zona de cautela del Bien de Interés Cultural. La obra costó la alcaldía al anterior regidor, Alberto Pardellas, que fue juzgado en la Audiencia Provincial de Ourense y condenado a varios años de inhabilitación para cargo público, sucediéndole al frente del municipio su esposa, también del PP. Como el derribo se fue demorando hubo dos sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que ordenan la demolición. Ahora, este mencionado plan especial, con el derribo también contempla la construcción, en el mismo solar, de un nuevo pabellón polideportivo de 2.816 metros cuadrados, con una altura sobre la rasante de la acera de la calle Isabel la Católica inferior a la existente, para que quede minimizado el impacto visual desde el interior del núcleo. De igual modo se prevé un aparcamiento de vehículos en el espacio entre el citado centro socio cultural y el monasterio. El nuevo pabellón, dice O Sorriso, “é obxecto dun proxecto independente que se inclúe como dotación nas determinacións de ordenación do Plan Especial”.

   La asociación considera que ambas dotaciones vulneran las normas urbanísticas y la legislación sobre el patrimonio cultural, además de ir en contra de las sentencias del TSXG. Según O Sorriso de Daniel, en materia urbanística hay vulneración ya que el Concello de Melón carece de Plan General de Urbanismo aprobado, por lo que debe aplicar la disposición adicional segunda de la Lei 9/2002 de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Rural de Galicia. Esa disposición dice que en los municipios sin plan general urbanístico podrá edificarse solamente en los terrenos que merezcan la condición de suelo urbano consolidado por reunir los requisitos establecidos en el artículo 12a de dicha ley, y se garantice previamente la realización de las obras necesarias para cumplir la condición de solar.

   El artículo 12 menciona las categorías de suelo urbano y, en su apartado a señala que suelo urbano consolidado como el integrado por los solares así como por las parcelas que, por su grado de urbanización efectiva y asumida por el plan urbanístico, puedan adquirir la condición de solar mediante obras accesorias y de escasa entidad, que pueden ejecutarse simultáneamente con las de edificación o construcción. La parcela del pabellón está calificada por el Plan Especial como suelo urbano consolidado, pero, como recuerda la asociación patrimonial, la sentencia firme del TSXG del 20 de mayo del 2008 establece claramente que a los efectos de la disposición adicional segunda y del artículo 12 a de la referida Ley, “las fotografías unidas a los autos y al expediente dejan bien claro que no existe ninguna malla urbana en la orilla de la carretera en la que está la parcela en la que se edificó”.

   En los fundamentos segundo y tercero de esa sentencia se señala que en dicha parcela no se puede edificar. “A día de hoxe, o estado da parcela, desde o punto de vista do seu grao de urbanización, é exactamente o mesmo que na data da sentenza do TSXG, sendo por tanto evidente que o Plan Epecial non pode calificala como solo urbano consolidado e que non se pode edificar nela”, señala en las alegaciones del colectivo cultural su representante, Antonio Dieter Moure Areán.

Detalle de la polémica obra. FOTO: Cedida por O Sorriso de Daniel.
Detalle de la polémica obra. FOTO: Cedida por O Sorriso de Daniel.

   La segunda vulneración afecta a la Lei 8/1995 de 13 de octubre del Patrimonio Cultural de Galicia cuyo artículo 44 se refiere al contorno de los monumentos, que estará constituido por los edificios y espacios lindantes inmediatos y, de manera excepcional, por aquellos no lindantes o apartados, “sempre que unha alteración destes poida afectar aos valores propios do ben de que se trate, a súa contemplación, apreciación ou estudo”. Dicho artículo menciona, además, que el volumen, la tipología y el cromatismo de las intervenciones en el contorno de los monumentos “non poden alterar o carácter arquitectónico e paisaxístico da zona, nin perturbar a contemplación do ben”. En este mismo artículo 44 se expresa que para cualquier intervención que se pretenda llevar a cabo, “a existencia dunha figura de plan que afecte ao ámbito dun monumento non poderá escusar o informe preceptivo e vinculante da Consellería de Cultura”.

   La asociación cultural pone de manifiesto que tanto la estructura del pabellón a medio construir y que debe ser demolida, como la estructura que se pretende levantar en el mismo lugar, están en la zona de contorno del BIC del monasterio. Monumento y pabellón se hallan a muy poca distancia. A los responsables municipales, presididos por la alcaldesa, esposa del ex regidor, se les dice que la nueva obra seguirá alterando el contorno del BIC y que el futuro pabellón bien puede ubicarse en otra zona alejada del monumento. Por eso se les pide que eliminen este plan especial.


OPINIÓN

Pura cabezonería

J. M. García

El gobierno local de Melón está dando ya desde hace meses una deficiente imagen en el respeto al patrimonio monumental que es el que precisamente distingue a esta pequeña localidad cabeza de uno de los municipios de O Ribeiro. Tiene Melón la suerte de que la Historia le regalase un gran conjunto, en otro tiempo monasterio del Císter, por tanto, dedicado a Santa María, cuya iglesia, hoy truncada, se caracteriza por disponer de girola como resultado de la cabecera previamente ensayada en Oseira, signo de ruptura con las normas espartanas de la primera arquitectura de esta interesante orden monástica. La Justicia no es que se cebara con el anterior alcalde, esposo de la actual regidora; es que le dijo que esa obra del polideportivo es escandalosa donde se halla, y que no puede levantarse ahí. Pero desde el Ayuntamiento han estado erre que erre para mantener una estructura que el alto tribunal gallego ordena derribar, y mientras se agarran a un plan especial que esperan les permita tirar la obra actual para levantar otra menos alta. ¿Sabrán realmente qué demonios es eso de la zona de cautela de un Bien de Interés Cultural, máxima figura de protección patrimonial? Si lo saben y no lo respetan, no cuidan su principal monumento. Porque no solo es invertir la Xunta en él millones de euros para levantar las nobles arcadas de sus claustros. Es eso, sí, y cuidar su entorno también. El monasterio lleva siglos sin tener a su lado un edificio chirriante y van estos gobernantes y le plantan un polideportivo. Basta con acercarse a Melón y ver la ubicación de este último. O con observar las fotografías. Ojalá el gobierno municipal recapacite y anule su flamante plan especial. Si lo mantiene y si la Xunta se lo bendice, en ese caso sería mejor que esta última tirase a la papelera su legislación patrimonial. ¿Para qué servirá si no?

Publicado enPatrimonioUncategorized

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